Impuestos del autónomo en España: qué modelos se presentan y cuándo
Al darte de alta como autónomo, Hacienda empieza a esperar declaraciones periódicas: algunas cada trimestre, otras una vez al año. Esta es la foto general de los modelos más habituales y cuándo tocan.
El alta: modelo 036
Antes de facturar, el alta censal se comunica con el modelo 036 (el antiguo 037 simplificado ya no existe desde 2025). Ahí declaras tu actividad, el régimen de IVA e IRPF que te aplica y tus obligaciones.
Cada trimestre
- Modelo 303 (IVA): la declaración trimestral del IVA que repercutes y soportas. Se presenta normalmente entre el 1 y el 20 de abril, julio y octubre; la del cuarto trimestre, hasta el 30 de enero.
- Modelo 130 (IRPF): el pago fraccionado del IRPF si tributas en estimación directa. Si más del 70 % de tu facturación lleva retención —habitual en muchos profesionales— puedes quedar exento de presentarlo. En módulos, su equivalente es el modelo 131.
- Modelos 111 y 115: solo si practicas retenciones — a trabajadores o profesionales (111) o por el alquiler de tu local (115).
Una vez al año
- Modelo 390: el resumen anual del IVA, en enero.
- Modelos 190 y 180: los resúmenes anuales de las retenciones del 111 y del 115.
- Modelo 347: en febrero, la informativa de operaciones con clientes o proveedores que superaron los 3.005,06 € el año anterior.
- Modelo 349: si operas con otros países de la UE, la informativa de operaciones intracomunitarias.
- La RENTA: la declaración anual del IRPF, en la campaña de primavera (normalmente de abril a junio).
Cada caso tiene matices
Esta es la foto general, no un asesoramiento personalizado: tu régimen, tu actividad y tus retenciones cambian qué modelos te tocan y cuáles no. Es exactamente el trabajo que hacemos en Gestoría: planes trimestrales donde tu gestor lleva los libros, prepara cada modelo y lo presenta a tiempo, y tú lo sigues todo desde tu Saca Wallet.